En los últimos días, una sentencia judicial en Madrid ha anulado la imposición de seguros de impago de alquiler a los inquilinos, generando preocupación en el sector inmobiliario. Sin embargo, para Finaer y sus clientes, esta decisión no solo no supone un riesgo, sino que refuerza la validez de nuestra propuesta.
En este artículo, te explicamos por qué nuestras garantías siguen siendo la opción perfecta para propietarios e inquilinos, y cómo la reciente sentencia subraya la importancia de mantener un equilibrio justo en los contratos de alquiler.
Un juez de Madrid ha declarado ilegal la cláusula de un contrato de alquiler que obligaba al inquilino a contratar un seguro de impago en beneficio exclusivo del arrendador. Esta decisión se fundamentó en la falta de equilibrio contractual y el hecho de que el seguro imponía un coste al inquilino sin proporcionarle beneficios directos.
Sin embargo, este fallo no afecta a las garantías de Finaer, que se diferencian claramente de los seguros de impago.
La reciente sentencia que declaró nula la imposición de un seguro de impago en un contrato de alquiler se centró en que este seguro imponía un coste que solo beneficiaba al arrendador, sin otorgar ninguna ventaja al inquilino. Este tipo de prácticas fueron calificadas como abusivas por el juez, ya que se rompía el equilibrio entre las obligaciones y derechos de las partes.
Las garantías de Finaer se fundamentan en un contrato voluntario, donde ambas partes, arrendador e inquilino, reciben beneficios tangibles:
Seguro de impago: En este tipo de contratos, el coste generalmente lo asume el propietario para cubrirse en caso de que el inquilino no pague la renta. Sin embargo, en algunos casos, el propietario puede trasladar dicha obligación al inquilino, lo que fue considerado desproporcionado en la sentencia. El problema radica en que el inquilino es forzado a asumir un coste adicional que no le reporta beneficios directos, ya que el seguro protege exclusivamente al arrendador.
Garantía de Finaer: A diferencia de los seguros, nuestra garantía es una fianza onerosa que otorga ventajas a ambas partes. Al tratarse de un contrato privado entre el inquilino y Finaer, el inquilino tiene la libertad de decidir sobre su contratación, lo que permite formalizar el acuerdo de manera voluntaria. A su vez, el arrendador se beneficia de la protección adicional de la renta. Este equilibrio es lo que garantiza que nuestras soluciones sean apreciadas tanto por propietarios como por inquilinos.
Las garantías de Finaer no solo son la opción perfecta para quienes buscan soluciones de alquiler justas, sino que están respaldadas por una base jurídica sólida. Nuestras garantías funcionan bajo el marco del Código Civil español y están concebidas como fianzas onerosas, reguladas por los artículos 1822 y siguientes. Estas garantías, que no se ven afectadas por la normativa aplicable a los seguros, aseguran que ambas partes del contrato mantengan una relación equilibrada y voluntaria.
Esta es una diferencia crucial que asegura que nuestras garantías no sean percibidas como una carga impuesta. Al tratarse de un contrato privado entre el inquilino y Finaer, el inquilino tiene la libertad de decidir sobre su contratación, lo que permite formalizar el acuerdo de manera voluntaria. A su vez, el arrendador se beneficia de la protección adicional de la renta. Este equilibrio es lo que garantiza que nuestras soluciones sean apreciadas tanto por propietarios como por inquilinos.
La reciente sentencia judicial en Madrid confirma lo que venimos promulgando desde hace 15 años, que la garantía de alquiler de Finaer sigue siendo la mejor opción para dinamizar el mercado del alquiler, ya que protege tanto a propietarios como a inquilinos, proporcionando una solución justa y equilibrada para ambas partes.
En Finaer, seguimos comprometidos en dinamizar el mercado del alquiler y esto sólo puede lograr generando beneficio para todas las partes.